Derechos del Ciudadano.
- DERECHO a ser atendido con idoneidad, confidencialidad, en igualdad de condiciones de confort, seguridad e higiene, sin discriminación.
- DERECHO a participar en el mejoramiento de la Institución a través de las herramientas instrumentadas a tal fin (Libro de Quejas, sondeos).
- DERECHO a conocer el estado en el que se encuentra sus tramites.
- DERECHO a identificar el personal y autoridades que realizan los procedimientos.
- DERECHO a ser asesorados con profesionalismo.
- DERECHO a información completa de su diagnóstico, tratamiento, riesgo y pronóstico (si fuere necesario la misma se suministrará a familiares y personas legalmente responsables).
- DERECHO a elegir las opciones propuestas por el responsable médico, siendo preciso su consentimiento previo, excepto:
- Cuando la urgencia no permita demoras.
- Cuando no esté capacitado para tomar decisiones.
- Cuando al no seguir el tratamiento ponga en riesgo la salud pública.
- DERECHO a que se le asigne un médico cuyo nombre deberá conocer, quien lo relacionará con el equipo de salud.
- DERECHO a que quede por escrito en su Historia Clínica todo procedimiento, información y pruebas realizadas.
- DERECHO a no ser utilizado para investigaciones, experimentos o ensayos clínicos sin su consentimiento por escrito. Las actividades docentes también requieren consentimiento expreso del paciente.
- DERECHO al correcto funcionamiento de los servicios asistenciales y administrativos y que la estructura institucional brinde condiciones aceptables de higiene, habitabilidad, alimentación, seguridad e intimidad.
- DERECHO a que se agoten las posibilidades razonables para superar la enfermedad, con el apoyo hospitalario tanto material como espiritual.
- DERECHO a que la institución sanitaria proporcione:
- Asistencia técnica correcta con personal calificado.
- Aprovechamiento racional de los medios disponibles.
- Asistencia con mínimo riesgo, dolor y molestia física.
- DERECHO a exigir la ración alimentaria para un acompañante del paciente internado, previa autorización correspondiente, solo cuando el paciente proceda de zona rural.
Deberes del Ciudadano.
- DEBE presentar Documento de Identidad y recibo de sueldo cuando se lo requiera el Hospital.
- DEBE cumplir normas y/o reglamentos de la institución.
- DEBE respetar al personal, enfermos y acompañantes.
- DEBE solicitar normas de funcionamiento de la institución y los canales de comunicación (Quejas, sugerencias, felicitaciones).
- DEBE conocer el nombre del profesional que lo asiste.
- DEBE cuidar y colaborar en el mantenimiento de las instalaciones.
- DEBE responsabilizarse en la utilización de los servicios.
- DEBE cumplir con el horario de visita establecido.
- DEBE no permanecer con menores en áreas restringidas.

